lunes, 3 de septiembre de 2018

El VIII Conde de Oropesa, una breve biografía (PARTE V)



El primer gobierno del Conde de Oropesa (1685-1691) destaca por su carácter reformista. Don Manuel Joaquín quiso reformar y sanear las finanzas adoptando algunas medidas que resultaron muy poco populares como la de la reforma monetaria y sobre todo la de la reducción y simplificación de la burocracia que intentaba aminorar considerablemente algunos puestos administrativos. La crisis que se arrastraba desde comienzos del siglo XVII, así como las condiciones particularmente nefastas de las cosechas en aquellos años debidas a diversos estragos climáticos, no hicieron más que reforzar la hostilidad frente al principal hombre del Gobierno. Los sacrificios, las carestías, las necesidades, se hacían cada vez más palpables y con ello el descontento popular que se dejaba escuchar de manera repetida, constante e incluso violenta.

REFORMA MONETARIA DE 1686:

El 14 de octubre de 1686, el Conde de Oropesa, continuando la política reformista del Duque de Medinaceli (reforma monetaria de febrero de 1680), dictaba una pragmática que afectaba a las monedas de oro y plata. La plata fue modificada en un 25% (se pasaba de 67 a 84 piezas por marco, con la misma ley). El premio de la plata se mantenía en un 50%. Esta disposición real suponía un encarecimiento de la moneda de plata de un 25%, con lo que se facilitaba su salida al mercado. El real de a ocho de plata vieja, que con el premio del 50% reconocido valía 12 reales de vellón, pasaba a valer 15 y, en cambio, habrá un nuevo real de a ocho, con un 25% menos de peso, que se tasaba a 12 reales de vellón.

En noviembre del mismo año se tomaron medidas que equivalían a una elevación del precio del oro en un 5,28% pero, como existían subidas anteriores, la subida acabó por representar un 6,66%. Como consecuencia, la relación oro/plata pasaba a ser de 1 a 16,4, muy superior a la que existía en otros estados europeos, por lo que se facilitaba la entrada de oro en Castilla. Efectivamente, a partir de 1686 hubo más acuñaciones de oro en suelo castellano que antes.

La reforma monetaria llevada a cabo por Oropesa en 1686 dará una vuelta de tuerca a la reforma monetaria de Medinacali, como venían solicitando los arbitristas, al equiparar la moneda de plata de Castilla a sus homónimas europeas con la revalorización facial de las monedas de oro y plata respecto a su valor intrínseco, situando, además, el premio de la plata en relación al vellón en un 50%, de tal manera que los cambios internacionales ya no resultaban tan perjudiciales a la Corona y se impedía, por otro lado, su extracción del Reino, lo que no había conseguido erradicar el duque de Medinaceli en 1680, según la acertada valoración realizada por los embajadores venecianos Federico y Giovanni Cornaro en sus informes a la Serenísima. De cualquier modo, y pese a los sacrificios iniciales, la estabilidad monetaria surgida después de 1686 fue vital para la economía castellana e incluso para las
finanzas de la Monarquía, ya que contribuyó a reducir los costes en las transacciones al exterior y minimizar los riesgos en el relanzamiento del comercio interior, e incluso del exterior, máxime cuando se eliminaba la moneda falsa del circuito comercial.

INTENTOS DE REFORMA HACENDÍSTICA:

La Corona, desde el ascenso político de Juan José de Austria, va a promulgar un paquete de reformas fiscales dirigidas al fomento económico y al alivio de los vasallos, pero será a partir la Paz de Nimega (1678) y durante los ministerios de Medinaceli y Oropesa, cuando se produzca una espiral de reformas fiscales y económicas a todos los niveles.

Preocupados por el gran número de extorsiones que sufría el súbdito, debido al fraude de los poderosos, los gobernantes se plantearon la abolición de algunos tributos. De hecho, un año después de su llegada al poder, es decir, en 1686, Oropesa se planteó la subrogación de los millones. Con este motivo, se produjo un debate entre las instituciones implicadas. Una Junta de Medios, formada, como era habitual, en la posada del Presidente de Castilla, inicia una serie de estudios que pretenden sopesar la conveniencia y, sobre todo, la viabilidad de la subrogación de los millones. Lo poco útil de una contribución que solo sirve para "...la rapiña de los defraudadores de todos estados y ruina de los pueblos..." y en la que no participaban los eclesiásticos, convence a la Junta de las ventajas de que cese el servicio de millones, tal y como aconseja a Carlos II. No obstante, a pesar de lo mermado del monto de los millones, el Consejo de Hacienda reconoce su necesidad "...por la mucha estrecheza de la real hacienda".

Junto a la propuesta de erradicación del servicio de millones, la Junta sugería algunas alternativas como la de cargar con un 20 % las alcabalas vendidas desde el año 1634, y el servicio ordinario y extraordinario, vendido desde el año de 1635, en lo que se hubiese desempeñado en juros, cuyo monto ascendería a 24.800 ducados, a los que se agregan los 538.817 correspondientes a las Medias Annatas. Con ello, la Real Hacienda, ingresaría, supuestamente, 97.817 ducados más de lo que se perdería con la suspensión del tributo. Además se proponían una serie de reformas relativas a la concesión de juros. La propuesta impulsada por Oropesa se complementaba con el intento de establecer un control fiscal del orden eclesiástico, como correspondía a una política regalista de la Corona.

Por decreto de 31 de enero de 1687, Oropesa nombraba a su primo, el Marqués de los Vélez, antiguo virrey de Nápoles, superintendente general de la Real Hacienda. Con este nombramiento, se reunieron los caudales de la Hacienda, incluidos los de Indias, en una sola mano o vía. Con la introducción de dicho cargo, los presidentes del Consejo de Hacienda tuvieron a su lado un oficial de la secretaría de la Presidencia que corrió con la correspondencia de las cartas de oficio. Esto fue interpretado por algunos como una medida de espionaje para controlar las acciones del Consejo.

Vélez defenderá igualmente la necesidad de la supresión de los millones, bajo el supuesto de que ello redundaría en beneficio de la recuperación demográfica y económica del Reino, enfrentándose por ello al Consejo de Castilla.

REDUCCIÓN DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO:

Ya desde tiempos de Felipe IV, y antes incluso, la reducción de ministros de Hacienda se había venido practicando como un ideal deseable. En 1683, Medinaceli había vuelto a hacer hincapié en la política reduccionista, apelando esta vez a la reforma del año 1677 (ocho consejeros). El Primer Ministro declaraba que no podían ser efectivas las plazas que habían quedado sin ejercicio. Por un decreto de 31 de enero de 1687, con Oropesa ya como hombre fuerte del Gobierno, por el que se nombraba gobernador a don Pedro de Oreytia, se insiste en la política reduccionista, quedando el Consejo reducido a seis consejeros y dos secretarios.

Finalmente, el 17 de julio de 1691, planeada por Oropesa y el Marqués de los Vélez, sin que el propio gobernador tuviese una participación directa se lleva a cabo una reforma que dispone para la Sala de
Gobierno lo que ya se había dispuesto en el decreto anterior de 1687, al quedar con su presidente, seis consejeros, dos secretarios y el fiscal, mientras que, para la Sala de Justicia, se recoge el decreto de 10 de agosto de 1677, al quedar con cinco oidores y el fiscal. Los demás ministros quedaban sin ejercicio y con la mitad de las retribuciones que percibían, dándoseles, como había venido haciéndose, la opción de entrar por antigüedad, a medida que se fuesen produciendo vacantes. La Sala de Millones permanecía sin cambios.


...CONTINUARÁ


FUENTES:

  • Cárceles de Gea, Beatriz: "Reforma y fraude fiscal en el reinado de Carlos II. La Sala de Millones (1658-1700)". Banco de España, Servicio de Estudios. Estudios de Historia Económica, Nº 31, 1995.
  • Sánchez Belén, Juan A.: "Arbitrismo y reforma monetaria en tiempos de Carlos II".  Espacio, tiempo y forma. Serie IV, Historia moderna, Nº 5, 1992, págs. 135-176.
  • Santiago Fernández, Javier: "Política monetaria y moneda en el reinado de Carlos II. UNED, 2018.





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